YELMO CINE TU BUTACA TE ESPERA

Condiciones que deben cumplir las piscinas comunitarias para abrir

0

Condiciones que deben cumplir las piscinas comunitarias para abrir.

Los criterios y condiciones fijados por el BOE para la reapertura de las piscinas recreativas en fase 2 no son sencillos, y los administradores de fincas ya advierten de que muchas medidas no se podrán cumplir.

El calor empieza a apretar y a quién no le apetece un chapuzón en la piscina. Pues bien la Orden SND/414/2020 del Ministerio de Sanidad para la aplicación de la fase 2 del plan para la desescalada se fijan los criterios y condiciones para la reapertura de las piscinas para uso recreativo.

Condiciones que deben cumplir las piscinas comunitarias para abrir

Aforo máximo, cita previa y horarios por turnos

  • El aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de dos metros. En caso contrario se reducirá dicho aforo para cumplir con la distancia de seguridad.
  • Para poder acceder a la piscina se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.

Limpieza y desinfección tres veces al día

  • Antes de su apertura inicial se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados (vestuarios o baños).
  • Se deberá hacer limpieza y desinfección diaria de la instalación.
  • En aquellas superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección, al menos tres veces al día.
  • Se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación.
Condiciones que deben cumplir las piscinas comunitarias para abrir

piscinas comunitarias

Separación de usuarios en perímetro de seguridad

  • Se recordará a los usuarios por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
  • En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.

Prohibido usar fuentes y duchas del vestuario

  • Los aseos deben estar dotados de jabón y/ o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
  • No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.

Recomendaciones de Sanidad

Además de estas condiciones para la apertura de piscinas recreativas que se han publicado en el BOE, el Ministerio de Sanidad publicó un protocolo con medidas básicas de seguridad para velar por la salud de los ciudadanos en las piscinas.

Comparte

Sobre el autor