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Niños a la calle COVID-19

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El Consejo de Ministros ha aprobado la orden ministerial que permitirá a partir del domingo, 26 de abril salir a la calle poder pasear y jugar a los menores de 14 años.

Ministerio de sanidad

Normas

¿Quién podrá salir?

Los menores de 14 años acompañados por un adulto, ya sea uno de sus progenitores u otra persona que conviva de manera habitual en el domicilio, como tíos o abuelos. De salir con una persona distinta al tutor legal, se deberá llevar una autorización de este. El texto especifica que un adulto podrá salir con hasta tres niños, pero no menciona qué deben hacer las familias numerosas con más de tres. Los menores de entre 14 y 18 años pueden salir bajo los mismos preceptos que los adultos: ir a comprar, al banco o a la farmacia y pasear al perro.

niño jugando

Foto: Mi Pham

¿Qué menores no podrán salir?

Aquellos con síntomas de la enfermedad o que hayan sido diagnosticados con Covid-19 y que, por tanto, deban estar confinados en sus casas. Tampoco lo podrán hacer aquellos que hayan estado en contacto con alguien con síntomas o diagnosticado con Covid-19 y que no hayan pasado una cuarentena de 14 días en su domicilio.

¿Qué se podrá hacer?

Podrán salir a pasear, jugar, correr y practicar ejercicio durante una hora al día, entre las nueve de la mañana y las nueve de la noche. Se recomienda evitar las horas punta, cuando más gente hay en la calle, para reducir la probabilidad de contagio. El adulto y el niñ@ podrán desplazarse en un radio máximo de un kilómetro desde su domicilio habitual. El adulto será responsable de que el menor cumpla las normas básicas, como respetar una distancia interpersonal de entre metro y medio y dos metros, lavarse las manos con frecuencia y mantener una higiene en espacios públicos y privados.

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¿Se podrá ir a parques y jardines?

Se podrá ir a los parques y jardines públicos abiertos pero no se podrán utilizar las zonas de recreo infantil con columpios y toboganes, ni tampoco instalaciones deportivas. Si en el radio de un kilómetro del domicilio del menor hay espacios naturales como playas, o montaña, se puede ir, siempre respetando las distancias de seguridad. Los menores en zonas rurales podrán ir al campo o al bosque. No es aconsejable que los niñ@s coman cuando estén en el exterior. Tampoco que se sienten en bancos o en el césped; aunque el texto preliminar del Gobierno no dice nada sobre uso de mobiliario urbano, una guía publicada por el Fondo Económico Mundial, aconseja evitar su uso.

¿Se podrá ir a zonas comunitarias?

Se puede acceder a zonas comunitarias vecinales pero la comunidad de vecinos deberá ponerse de acuerdo sobre su uso y horarios, de forma que se eviten aglomeraciones. Si hubiera parques infantiles en la zona comunitaria no se podrán utilizar.

¿Pueden llevar juguetes?

Pueden salir a la calle con patines, patines y bicis (las pelotas serán poco recomendables por su elevado uso con las manos) y jugar con ellos. Eso sí, no pueden jugar con otros niños. Aunque el texto preliminar no detalla si los hermanos que salgan juntos a pasear podrían o no hacerlo, al ser menores que ya conviven hace suponer que sí pueden jugar juntos, del mismo modo que pueden hacerlo el adulto y el menor. A la vuelta del paseo, se puede limpiar la bici, el patinete frotándolos con una solución de lejía diluida o alcohol de 70 grados.

niño en patinete

Foto: Kelly Sikkema

¿Deben llevar mascarillas?

No son obligatorias y el Gobierno sólo las recomienda –las quirúrgicas o higiénicas– en caso de que el niñ@ (mayor de 3 años) fuera a algún lugar concurrido, como un mercado o un súper. No obstante, el Departamento de Salud sí aconseja que a partir de los 3 años todos los niñ@s lleven una siempre que salgan a la calle, que pueden ser las mismas que las de los adultos ajustándolas a su medida. También pueden llevar guantes, aunque no es obligatorio.

¿Qué medidas de higiene hay que tomar al volver a casa?

Como los adultos, quitarse guantes y mascarilla, si llevan, siguiendo los protocolos de seguridad; lavarse las manos con jabón y la cara, si se la han tocado. Los zapatos, mejor dejarlos a la entrada. Si se desea, se puede pasar un paño humedecido en una solución diluida de lejía por la suela.

Consulta la normativa completa en: https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/25/pdfs/BOE-A-2020-4665.pdf

ministerio de sanidad españa

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